México: límites máximos de residuos y requisitos para fruta fresca
México cuenta con un sistema nacional para autorizar y revisar límites máximos de residuos de plaguicidas, administrado principalmente por COFEPRIS y SENASICA. La normativa mexicana permite utilizar referencias de Codex, Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea, países OCDE, Brasil, Argentina y Japón, pero esas referencias no se convierten automáticamente en límites mexicanos. Para fruta fresca importada, se deben revisar por separado los requisitos de inocuidad y LMR, y los requisitos fitosanitarios de ingreso.
¿Cuál es el marco regulatorio principal en México?
Vigente
Estado: Vigente
La NOM-082-SAG-FITO/SSA1-2017 establece los lineamientos técnicos y el procedimiento para autorizar y revisar los límites máximos de residuos (LMR) de plaguicidas químicos de uso agrícola vinculados al registro y uso de plaguicidas en México.
La norma es obligatoria en todo el territorio mexicano para las personas o empresas que solicitan el registro de plaguicidas agrícolas que requieren un LMR.
La misma norma indica expresamente que los LMR de importación no son objeto de su regulación. Por esa razón, no debe presentarse como una tabla completa y autónoma de requisitos para todas las frutas importadas.
El Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en su artículo 100, establece que las frutas y hortalizas no deben exceder los límites máximos de residuos de plaguicidas, sustancias tóxicas y microorganismos establecidos en las normas correspondientes. Esta disposición confirma la obligación general de cumplimiento, pero no crea un límite universal por defecto para todas las combinaciones de producto y plaguicida.
El registro sanitario de plaguicidas se gestiona dentro del marco regulatorio aplicable a COFEPRIS, SENASICA y otras autoridades federales competentes. La consulta debe considerar el ingrediente activo, el producto, el cultivo autorizado, el uso declarado y la vigencia del registro.
¿Cómo se autoriza un LMR en México?
Vigente
Estado: Vigente
La NOM-082 permite que una propuesta de LMR se base, entre otras, en las siguientes fuentes:
- Estudios de campo realizados en México.
- Codex Alimentarius.
- EPA de Estados Unidos.
- PMRA de Canadá.
- Países de la Unión Europea.
- Países miembros de la OCDE.
- Brasil, Argentina y Japón.
- NOM-082-SAG-FITO/SSA1-2017 — Diario Oficial de la FederaciónLa autoridad debe revisar que la fuente esté vigente, que corresponda a la misma combinación plaguicida–cultivo y que el patrón de uso sea comparable. También debe realizarse una evaluación de riesgo dietario. Un valor de Codex, EPA o de otro país puede servir como antecedente técnico, pero no constituye un LMR mexicano automático.
¿México tiene un límite por defecto?
No determinado
Estado: No determinado
No se ha identificado en las fuentes oficiales consultadas un límite general por defecto equivalente a 0,01 mg/kg para todas las combinaciones sin LMR específico.
No debe asumirse automáticamente que:
- Todo LMR ausente equivale a 0,01 mg/kg.
- Codex se aplica automáticamente.
- Se puede utilizar el valor más bajo de otro mercado sin confirmación.
- Un LMR de Estados Unidos, Chile o la Unión Europea reemplaza al requisito mexicano.
¿Dónde se consultan los registros y LMR mexicanos?
La consulta oficial de COFEPRIS permite buscar por empresa, nombre comercial, ingrediente activo o número de registro. Los resultados pueden incluir registros sanitarios y referencias de LMR.
Esta ficha explica el procedimiento de consulta; la verificación de combinaciones concretas de plaguicida, producto y mercado se realiza dentro del servicio de MRL Management.
- Consultar registros de COFEPRISHerramienta oficial de consulta, de carácter informativo.
¿Qué requisitos fitosanitarios aplica México a la importación?
Vigente
Estado: Vigente
Los requisitos fitosanitarios son independientes de la evaluación de residuos.
SENASICA administra el Módulo de Requisitos Fitosanitarios para la Importación, donde se revisan las medidas aplicables según:
- Producto.
- Especie.
- Nombre científico.
- País de origen.
- País de procedencia.
- Tipo de producto.
- Tratamientos requeridos.
- Certificado fitosanitario.
- Punto de ingreso.
- Módulo de Requisitos Fitosanitarios para la Importación — SENASICAEl cumplimiento fitosanitario no reemplaza la verificación de LMR ni los requisitos sanitarios aplicables al alimento.
- Importación comercial — SENASICA
¿Qué autoridades son competentes en México?
Vigente
Estado: Vigente
- COFEPRIS: evaluación sanitaria, riesgo dietario, registros y autorización de LMR.
- SENASICA: aspectos agrícolas, estudios de campo, monitoreo de residuos y requisitos fitosanitarios de importación.
- Secretaría de Salud: marco sanitario general para los alimentos.
- Secretaría de Agricultura: sanidad vegetal y control fitosanitario.
¿Qué debe revisar un exportador antes de enviar fruta fresca a México?
Antes de enviar fruta fresca a México:
- Identificar correctamente la especie y el grupo de cultivo.
- Identificar el ingrediente activo y la definición de residuo aplicable.
- Revisar el registro y el uso autorizado del plaguicida en la consulta de COFEPRIS.
- Confirmar si existe un LMR mexicano específico para esa combinación.
- Revisar los requisitos fitosanitarios de SENASICA para el país de origen y la fruta.
- Confirmar con el importador o comprador cualquier requisito adicional.
- Si no existe un LMR claro, solicitar confirmación escrita antes del embarque.
- Considerar también las exigencias privadas del comprador o supermercado.
Alcance de esta ficha
Esta ficha es informativa y no sustituye una revisión específica de una combinación plaguicida–producto–mercado, ni constituye asesoría legal definitiva.
MRL Management puede ayudar a verificar casos concretos, revisar la información disponible y orientar al exportador antes de tomar una decisión comercial.
Preguntas frecuentes
¿México usa Codex como límite automático?
No. Codex puede utilizarse como referencia técnica para proponer o autorizar un LMR mexicano, pero no reemplaza automáticamente la revisión de la autoridad mexicana.
¿Qué ocurre si no encuentro un LMR para mi fruta?
No debe suponerse automáticamente un valor de 0,01 mg/kg. Se recomienda confirmar la combinación específica con COFEPRIS, el importador o el comprador.
¿SENASICA y COFEPRIS cumplen la misma función?
No. COFEPRIS se relaciona principalmente con la evaluación sanitaria y los LMR, mientras SENASICA administra los requisitos agrícolas, el monitoreo y el ingreso fitosanitario.
¿El certificado fitosanitario garantiza el cumplimiento de LMR?
No. El certificado fitosanitario acredita requisitos relacionados con sanidad vegetal. El cumplimiento de residuos y de inocuidad debe verificarse por separado.
¿Necesitas verificar una combinación específica para México?
MRL Management puede ayudarte a revisar la especie, el plaguicida, el registro aplicable y los requisitos de ingreso antes de tomar una decisión comercial.
